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28 feb 2011

Parlamento Andino pide a la CAN que evite dar refugio a corruptos

"Los integrantes del Parlamento Andino, reunidos en La Paz, decidieron que los países de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) adopten medidas conjuntas para evitar que un corrupto de un país se refugie o ampare en otro de los países miembros de ese organismo."

23 feb 2011

CPI carece de jurisdicción en Libia

"El fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) aclaró (...)que como Libia no es uno de los Estados parte del Estatuto de Roma, la intervención de la alta instancia sólo es posible si las autoridades de ese país aceptan su jurisdicción.
Luis Moreno Ocampo añadió que en ausencia de esa medida, el Consejo de Seguridad de la ONU puede referir el caso a la Corte".

Tomado de:Centro de noticias ONU

9 feb 2011

El control de convencionalidad

Estos son algunos apartes que nos parecen interesantes del post  "Control de convencionalidad difuso: los límites de la armonización"
"La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIADH), al establecer en el 2006 el Control de Convencionalidad (CC) en el caso Almonacid Arellano c/ Chile, partió de una intuición correcta: la necesidad de armonizar el sistema americano de derechos humanos y los derechos internos de los Estados. Ahora bien, todos sabemos lo que hay del dicho al hecho. Para comenzar a hablar de ese trecho, analizaremos en este post la última sentencia de la CIADH en el período 2010: el caso Cabrera García y Montiel Flores c/México, fallado el 26/11/10. En ella, la Corte actualiza su doctrina del Control de Convencionalidad en un supuesto en el cual el Estado demandado (México) aduce haberlo ya realizado en el ámbito interno. Esto plantea interesantes cuestiones referentes a la naturaleza “coadyuvante o complementaria” (Preámbulo de la Conv. Am. Der. Hum.) de la actuación de la CIADH. Adicionalmente, la sentencia cuenta con el voto razonado del Juez ad-hoc mexicano, Eduardo Ferrer Mac-Gregor quien en las 30 páginas finales (de las 130 totales) desarrolla una vision complexiva del instituto del Control de Convencionalidad. 

2 feb 2011

La UE como una organización de derechos humanos

"Piet Eeckhout presentó (...) en la Universidad Autónoma de Madrid unas ideas muy interesantes sobre la UE como una organización de derechos humanos en un seminario impartido en el marco del Máster de Derecho de la Unión Europea y organizado estupendamente por la profesora Irene Blázquez Navarro. Piet Eeckhout armó su discurso sobre dos temas centrales:

 (1 ) la autonomía del Derecho de la UE, el principio de jerarquía normativa y la relación/diálogo entre tribunales; y

 (2) la cuestión federal. Piet sostuvo que la UE es ya una organización de derechos humanos y que ahora tocaba indagar qué clase de organización de derechos humanos será y qué tipo de contribución hará a los derechos humanos.

En la UE se consideran seriamente los derechos humanos desde hace tiempo, pero a partir de ahora ciertamente se puede hablar, en la gráfica expresión de Piet, de derechos humanos en 3D, ya que una vez que se concrete la adhesion a la Convención Europea de Derechos Humanos deberán convivir en la UE los derechos humanos provenientes de la Carta de Derecho de Derechos Fundamentales de la UE, la Convención Europea de Derechos Humanos y los principios fundamentales de la UE. Piet avanzó su visión sobre las relaciones entre estas fuentes normativas, en buena medida abiertas a la interpretación"(...)*.

*Fuente: http://aquiescencia.net/2011/01/19/la-ue-como-una-organizacion-de-derechos-humanos/