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9 ago 2011

Decisión judicial confirma tendencia sobre el uso de internet para el conocimiento del derecho extranjero por jueces en Costa Rica y hace aplicable Convenciones de Derecho Internacional Privado no ratificadas por dicho país:

Por: Asociación Americana de Derecho internacional Privado
Una nueva sentencia emitida el mes de junio pasado por el Juzgado de Familia de la ciudad de Heredia, determinó la aplicación del derecho extranjero, en éste caso de Nicaragua, a raíz de la investigación realizada por el juez por medio de correos electrónicos enviados a una jueza de familia de Managua y siguiendo las respuestas dadas por ella por ése mismo medio.

(…) Igualmente, resulta de importancia que el juez escogiera la aplicación de la ley de la residencia habitual de la menor para los aspectos de autoridad parental, pues es un punto de conexión inexistente en la ley de Costa Rica que no cuenta con normas de conflicto para dicho tema. Se construyó con ello judicialmente la solución del conflicto de leyes, con base en lo que se estimó la solución más acorde con los instrumentos de derechos humanos reconocidos por el país siendo que incluso se aplicó al efecto el Convenio de La Haya de 1996, no firmado ni ratificado por Costa Rica.